POLÍTICA DE RESERVACIÓN, REPROGRAMACIÓN Y CANCELACIÓN DE CIRUGÍA
MEDYSPA – Nutrición, Medicina y Cirugía Estética
La programación de una cirugía implica la reservación de una fecha, coordinación del equipo médico y, según el procedimiento, reservación de instalaciones, personal, anestesia, implantes, medicamentos, materiales e insumos específicos.
Por este motivo, las cirugías se sujetan a las siguientes políticas de reservación, reprogramación y cancelación.
1. ANTICIPO PARA RESERVA DE FECHA QUIRÚRGICA
Para confirmar una fecha quirúrgica se solicita un anticipo de $15,000.00 MXN.
Este anticipo:
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Se aplicará al costo total del procedimiento quirúrgico.
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Confirma la reservación de la fecha únicamente una vez recibido y verificado el pago.
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Permite iniciar la coordinación de los recursos necesarios para la cirugía.
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No constituye un cobro adicional al precio del procedimiento.
El paciente recibirá información sobre el costo total estimado de la cirugía y los conceptos incluidos en su presupuesto.
Cuando existan gastos independientes correspondientes a hospital, anestesia, implantes, estudios, prendas, medicamentos, materiales especiales u otros proveedores, éstos deberán identificarse cuando corresponda.
2. REPROGRAMACIÓN SOLICITADA CON 30 DÍAS O MÁS DE ANTICIPACIÓN
El paciente podrá solicitar un cambio de fecha quirúrgica sin perder su anticipo, siempre que:
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Lo solicite con al menos 30 días naturales de anticipación respecto de la cirugía programada.
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Se trate de la primera reprogramación solicitada por el paciente.
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La nueva fecha se encuentre disponible.
El anticipo de $15,000 se transferirá íntegramente a la nueva fecha.
La nueva cirugía deberá programarse, preferentemente, dentro de los 2 meses siguientes a la fecha originalmente reservada, salvo que exista una indicación médica diferente.
Una segunda solicitud de cambio por motivos personales estará sujeta a las condiciones de cancelación y nueva reservación vigentes.
3. REPROGRAMACIÓN CON MENOS DE 30 DÍAS
Cuando el paciente solicite voluntariamente un cambio con menos de 30 días de anticipación, MEDYSPA revisará si ya existen gastos, reservaciones o compromisos económicos relacionados específicamente con la cirugía.
Podrán descontarse del anticipo exclusivamente los conceptos que correspondan conforme al contrato y a las obligaciones previamente asumidas para la cirugía, incluyendo, cuando proceda, gastos no recuperables relacionados con:
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Reservación de instalaciones.
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Materiales o insumos adquiridos específicamente.
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Implantes o productos solicitados especialmente para el paciente.
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Servicios de terceros previamente contratados.
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Otros gastos previamente informados y vinculados directamente al procedimiento.
El saldo restante, cuando exista, podrá aplicarse a una nueva fecha conforme a las condiciones pactadas.
Cuando sea necesario realizar nuevamente algún pago para asegurar instalaciones, materiales o servicios, éste deberá informarse al paciente antes de confirmar la nueva fecha.
4. CANCELACIÓN VOLUNTARIA DE LA CIRUGÍA
Cuando el paciente decida cancelar definitivamente su cirugía por motivos personales y no exista una causa médica, caso fortuito o fuerza mayor, se realizará el cálculo correspondiente conforme al momento de la cancelación y a los gastos o compromisos ya generados.
No se considerarán automáticamente reembolsables las cantidades que hayan sido efectivamente destinadas a conceptos no recuperables previamente informados y relacionados con la preparación de la cirugía.
Cuando corresponda una devolución, se informará al paciente el monto resultante y su mecanismo de reintegro.
La cancelación voluntaria no exime al paciente del pago de servicios que ya hubieran sido efectivamente prestados.
5. CANCELACIÓN O REPROGRAMACIÓN POR INDICACIÓN MÉDICA
La seguridad del paciente tiene prioridad sobre cualquier compromiso de agenda.
Cuando el médico determine que no es seguro realizar la cirugía en la fecha programada, el procedimiento podrá posponerse sin que dicha decisión constituya incumplimiento del paciente.
Podrán considerarse, entre otras causas:
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Enfermedad aguda.
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Infección activa.
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Alteraciones relevantes en estudios preoperatorios.
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Anemia clínicamente significativa.
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Descontrol de enfermedades crónicas.
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Embarazo.
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Problemas cardiológicos, respiratorios, hematológicos o metabólicos que incrementen el riesgo.
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Falta de autorización por anestesiología por una causa médica sobrevenida.
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Cualquier otra circunstancia que, a juicio del equipo médico, haga inseguro continuar con la intervención.
Cuando la causa médica sea sobrevenida, no imputable al paciente y debidamente documentada, el anticipo se conservará íntegramente para una nueva fecha.
La nueva fecha se establecerá cuando el paciente se encuentre nuevamente en condiciones médicas adecuadas.
Si la condición médica impidiera realizar definitivamente el procedimiento, se revisará el caso y procederá el reintegro de las cantidades que correspondan, descontando únicamente, en su caso, servicios ya prestados o gastos no recuperables legal y contractualmente procedentes.
6. INCUMPLIMIENTO DE INDICACIONES PREOPERATORIAS
No se considerará automáticamente fuerza mayor cuando la cirugía deba suspenderse por causas razonablemente atribuibles al incumplimiento de indicaciones previamente proporcionadas al paciente.
Entre ellas pueden encontrarse:
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No realizar los estudios preoperatorios solicitados dentro del plazo indicado.
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No acudir a las valoraciones requeridas.
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Omitir información médica relevante.
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No informar medicamentos, suplementos, enfermedades o antecedentes importantes.
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No seguir las indicaciones médicas relacionadas con medicamentos cuando éstas hayan sido proporcionadas oportunamente.
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Presentarse sin cumplir el ayuno indicado.
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Consumo de sustancias o conductas expresamente contraindicadas antes de la cirugía.
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Incumplimiento de requisitos médicos previamente establecidos para realizar el procedimiento.
En estos casos, la cirugía podrá cancelarse o posponerse por seguridad.
La nueva reservación estará sujeta a disponibilidad y a los gastos o compromisos económicos que se hubieran generado.
La decisión de no operar por razones de seguridad médica nunca obliga al médico a realizar un procedimiento que considere contraindicado.
7. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Se considerará caso fortuito o fuerza mayor un acontecimiento extraordinario, ajeno al control razonable de la parte afectada, que no resulte de su culpa o negligencia, que no hubiera podido razonablemente preverse o evitarse y que impida materialmente cumplir con la cirugía programada.
Podrán considerarse, según las circunstancias particulares:
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Desastres naturales.
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Terremotos, inundaciones, incendios u otros fenómenos que imposibiliten materialmente la prestación del servicio.
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Emergencias sanitarias o restricciones oficiales que impidan la realización del procedimiento.
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Hospitalización urgente del paciente.
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Accidente grave e imprevisible.
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Enfermedad aguda sobrevenida que impida médicamente la cirugía.
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Cierre obligatorio de instalaciones por disposición de autoridad.
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Hechos extraordinarios que impidan objetivamente el traslado del paciente o la prestación del servicio.
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Otras circunstancias equivalentes que cumplan con los requisitos de imprevisibilidad, inevitabilidad y ausencia de responsabilidad de la parte afectada.
La existencia de un caso fortuito o de fuerza mayor se analizará de acuerdo con las circunstancias particulares y podrá solicitarse documentación razonablemente necesaria para acreditarlo.
Cuando se determine su procedencia, no se aplicará penalización por cambio de fecha.
El anticipo podrá conservarse para la nueva fecha o, cuando exista una imposibilidad definitiva para realizar el procedimiento, procederá la devolución que legalmente corresponda, descontando únicamente servicios ya prestados o gastos no recuperables que resulten procedentes.
8. SITUACIONES QUE NORMALMENTE NO CONSTITUYEN FUERZA MAYOR
Por sí mismas, normalmente no se considerarán caso fortuito o fuerza mayor:
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Cambio de opinión respecto de la cirugía.
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Falta de recursos económicos para cubrir el saldo.
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Compromisos laborales ordinarios.
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Vacaciones o eventos sociales.
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Problemas ordinarios de organización personal o familiar.
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Haber olvidado la fecha.
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Modificaciones voluntarias de viaje.
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Retrasos ordinarios de tránsito.
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No contar oportunamente con acompañante cuando dicho requisito fue informado previamente.
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No realizar los estudios solicitados.
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Incumplir voluntariamente las indicaciones preoperatorias.
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No presentarse a la cirugía sin comunicación previa.
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Ansiedad o temor normales relacionados con la decisión de operarse, sin que exista una contraindicación médica documentada.
MEDYSPA podrá analizar circunstancias extraordinarias de manera individual aun cuando no encuadren estrictamente como fuerza mayor.
9. EMERGENCIAS FAMILIARES Y SITUACIONES HUMANITARIAS
Existen circunstancias graves que pueden no reunir técnicamente todos los requisitos legales de fuerza mayor, pero que justifican un manejo razonable y humano.
Entre ellas pueden encontrarse el fallecimiento, hospitalización o accidente grave de un familiar cercano u otras emergencias extraordinarias.
Estos casos serán revisados individualmente y MEDYSPA podrá autorizar la transferencia íntegra del anticipo a una nueva fecha.
La autorización de una excepción por razones humanitarias no modifica las condiciones generales para reservaciones futuras.
10. CANCELACIÓN O CAMBIO POR PARTE DEL EQUIPO MÉDICO
Si MEDYSPA, el médico tratante o el equipo quirúrgico deben modificar la fecha por una causa atribuible a ellos, el paciente podrá elegir entre:
a) Conservar íntegramente las cantidades pagadas y transferirlas a una nueva fecha disponible; o
b) Solicitar la devolución de las cantidades correspondientes a servicios que no hayan sido prestados.
No se aplicará penalización al paciente por una modificación atribuible al proveedor.
11. FUERZA MAYOR QUE AFECTE A MEDYSPA, AL CIRUJANO O A LAS INSTALACIONES
Si la cirugía no puede realizarse por un caso fortuito o fuerza mayor que afecte al cirujano, instalaciones o equipo necesario —por ejemplo, enfermedad incapacitante sobrevenida del cirujano, cierre de instalaciones, desastre natural o disposición de autoridad—, el paciente podrá optar por reprogramar conservando íntegramente su anticipo.
Si la prestación se vuelve definitivamente imposible, se realizará la devolución correspondiente de las cantidades pagadas por servicios no prestados, conforme a las disposiciones aplicables.
12. IMPLANTES, MATERIALES Y PRODUCTOS SOLICITADOS ESPECIALMENTE
Algunos procedimientos requieren la compra anticipada de implantes, mallas, prendas, materiales o productos específicos para el paciente.
Antes de realizar una adquisición que pueda generar un gasto no recuperable, se procurará informar al paciente sobre:
Cuando el paciente cancele la cirugía después de haber autorizado la adquisición de un producto específicamente solicitado para él y éste no pueda ser cancelado o devuelto al proveedor, su costo podrá tratarse conforme a las condiciones previamente informadas y aceptadas.
13. VIGENCIA DEL ANTICIPO TRANSFERIDO
Cuando un anticipo sea conservado para reprogramación, deberá utilizarse dentro de los 6 meses siguientes, salvo:
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Indicación médica que requiera un periodo mayor.
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Embarazo.
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Tratamiento de una enfermedad.
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Caso fortuito o fuerza mayor.
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Acuerdo expreso entre MEDYSPA y el paciente.
Si durante este periodo existiera un cambio en los costos hospitalarios, materiales, implantes, anestesia u otros servicios de terceros, se informará al paciente la diferencia aplicable antes de confirmar la nueva cirugía.
14. CONTRATACIONES REALIZADAS A DISTANCIA
Cuando la contratación se haya efectuado por medios electrónicos, mensajería, teléfono o fuera del establecimiento y resulte aplicable algún derecho legal de revocación o cancelación, éste será respetado conforme a la legislación vigente.
Ninguna disposición de estas políticas pretende limitar derechos irrenunciables establecidos por la legislación aplicable.
15. ACEPTACIÓN
Antes de realizar el anticipo para reservar una fecha quirúrgica, el paciente tendrá acceso a estas políticas.
La realización del anticipo y confirmación de la fecha implican la aceptación de las condiciones de reservación, sin perjuicio de los derechos que correspondan al paciente conforme a la legislación aplicable.
La política de reservación de fecha es independiente del consentimiento informado médico-quirúrgico, que deberá otorgarse conforme corresponda antes de la realización del procedimiento.
MEDYSPA
Nutrición, Medicina y Cirugía Estética